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buenas tardes Contador Pedro Pablo le agradezco su tiempo y respuesta ante esta situación que le menciono: persona moral con la opción del régimen de de flujo de efectivo, la aplicacion de mi CONTABILIDAD del SAT no a permitido la clasificación de las compras y gastos pagados en el mes de mayo de 2019, solo clasifica los gastos pagados de MESES ANTERIORES A MAYO 2019 por tal motivo no se a presentado la declaración provisional del mes de mayo 2019.
Se presento un caso de aclaración en el portal del SAT el dia 20 de junio de 2019 EXPICANDO LA SITUACION COMENTADA anteriormente y se envió imágenes de las pantallas de tal situación al dia 12 de julio de 2019 no han dado respuesta?
el dia 11 de julio me presento en las oficinas del SAT de reforma centro con la cita para hacer la declaración con un asesor y me indican en recepción que la asesoría solo la dan a personas físicas, y se hace mención que es la aplicación de mi contabilidad que no permite clasificar los gastos pagados del mes de mayo 2019 indicando que enviarian un correo interno de esta situación.
la tesorería del df ya requirió la no presentación de la declaración de mayo 2019 con su multa correspondiente, ante esta situación cuál es la opción a seguir para atender la presentación de la declaración de mayo 2019 y como atender el requerimiento de la tesorería del df.
por su ayuda y comentarios gracias.

Dado que el registro contable propuesto por el SAT no es viable, según describes, recomendaría llevar la contabilidad extra-libros, por decir en Excel, para no hacerlo complicado.
El artículo 31 del Código Fiscal de la Federación en su cuarto párrafo https://lefisco.com/federal/fiscal/cff/cff16052019/31/ señala que cuando no exista un formato publicado (por decir, que te permita generar el número de captura, se puede solventar la gestión mediante escrito libre. Seguir este procedimiento hasta que el SAT subsane su deficiencia.
Por otro lado, el artículo 70-A del mismo ordenamiento, establece los requisitos para que los contribuyentes cumplidos obtengan una disminución del 100% de las multas.
Finalmente, recomendaría acudir a exponer el caso en PRODECON para que genere una RECOMENDACIÓN al SAT sobre la situación repetitiva que ha de estar afectando a muchos contribuyentes a nivel nacional, para que norme su criterio con justicia, o bien, proceda a la defensa de su contribuyente.