RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL 2022

Disminución de devoluciones, descuentos o bonificaciones

3.13.13. Para los efectos del artículo 113-G, último párrafo de la Ley del ISR, el importe de las devoluciones, descuentos o bonificaciones, podrá ser disminuido de la totalidad de los ingresos percibidos en la declaración anual establecida en el artículo 113-F de la citada Ley, siempre que se emita el CFDI correspondiente.

CFF 31, LISR 113-F, 113-G