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    ¿Recibiste una notificación del SAT por considerar que la actividad de contabilidad y auditoría es actividad vulnerable de acuerdo al artículo 17 fr XI de la Ley anti lavado (LFPIORPI)?

    Comparto mi análisis del fundamento que utiliza la autoridad:
    LEY FPIORPI O ANTILAVADO.
    Análisis. Pedro Pablo Moreno Neira
    ARTÍCULO 17 Para efectos de esta Ley se entenderán Actividades Vulnerables y, por tanto, objeto de identificación en términos del artículo siguiente, las que a continuación se enlistan:
    XI. La prestación de servicios profesionales, de manera independiente, sin que medie relación laboral con el cliente respectivo, en aquellos casos en los que se prepare para un cliente o se lleven a cabo en nombre y representación del cliente cualquiera de las siguientes operaciones:

    a) La compraventa de bienes inmuebles o la cesión de derechos sobre estos;
    ¿ERES AGENTE INDEPENDIENTE DE BIENES RAÍCES?
    b) La administración y manejo de recursos, valores o cualquier otro activo de sus clientes;
    ¿ERES INDEPENDIENTE E INVIERTES LOS VALORES DE TUS CLIENTES? ¿COBRAS SU CARTERA, MANEJAS DIRECTAMENTE OTROS ACTIVOS DE TUS CLIENTES?
    c) El manejo de cuentas bancarias, de ahorro o de valores;
    ¿ERES INDEPENDIENTE Y MANEJAS EL TOKEN DE LAS CHEQUERAS DE TUS CLIENTES, INVIERTES Y RETIRAS AHORROS O VALORES POR CUENTA Y ORDEN DE TUS CLIENTES?
    d) La organización de aportaciones de capital o cualquier otro tipo de recursos para la constitución, operación y administración de sociedades mercantiles, o
    ¿ERES INDEPENDIENTE Y TE AUTORIZAN TUS CLIENTES QUE DECIDAS AUMENTAR CAPITAL, CONSTITUIR SOCIEDADES MERCANTILES, ADMINISTRAS LAS EMPRESAS DE TUS CLIENTES?
    e) La constitución, escisión, fusión, operación y administración de personas morales o vehículos corporativos, incluido el fideicomiso y la compra o venta de entidades mercantiles.
    EN NOMBRE Y REPRESENTACIÓN DE TUS CLIENTES ¿CONSTITUYES, ESCINDES, FUSIONAS EMPRESAS, FIRMAS CONTRATOS DE FIDEICOMISOS?
    Serán objeto de Aviso ante la Secretaría cuando el prestador de dichos servicios lleve a cabo, en nombre y representación de un cliente, alguna operación financiera que esté relacionada con las operaciones señaladas en los incisos de esta fracción, con respeto al secreto profesional y garantía de defensa en términos de esta Ley;
    SI ALGUNA DE ESTAS ACTIVIDADES LAS REALIZAS, ¿TE OTORGARON PODER PARA SER SU APODERADO JURÍDICO?