• jesus tadeo garcia ha actualizado una entrada en el grupo General hace 2 años, 4 meses

    Buen dia de nuevo Contador Pedro…..sigieindo con el RESISCO pero ahora de personas fisicas. Si un contribuyente tiene Actividad empresarial por medio de Plataformas digitales, «servicio de hospedaje turistico». Si se cambia a RESISCO la plataforma es persona moral…… por lo cual debera retener el 1.25% de ISR de lo que le pague al contribuyente. y ese % se puede acreditar en el pago provisional mensual. Que pasa entonces con lo que el Regimen de plataforma digital dice que le debe retener por la plataforma digital????? se lo va a seguoir reteniendo???? no lo podra acreditar el contribuyente en sus pagos provisionales???? de antemano gracias por su apoyo