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Pedro Pablo ha actualizado una entrada en el grupo General hace 7 años, 4 meses
«Asimismo, las autoridades fiscales darán a conocer a los contribuyentes, a través de los medios de difusión que se señalen en reglas de carácter general, los criterios de carácter interno… sin que por ello nazcan obligaciones para los particulares y únicamente derivarán derechos de los mismos cuando se publiquen en el Diario Oficial de la Federación.» CFF 35. https://lefisco.com/federal/fiscal/cff/cff25062018/35/
Cuando la versión anticipada de la Sexta Resolución Miscelánea publicada por el SAT señala en la regla 3.2.19. que el saldo a favor sólo será compensable contra adeudo propio de impuestos, excluyendo los impuestos retenidos, excede a sus facultades y asume atribuciones legislativas que no tiene.
Por lo anterior, lo aplicable es lo que señala el artículo 23 del Código Fiscal de la Federación: …podrán optar por compensar las cantidades que tengan a su favor contra las que estén obligados a pagar por adeudo propio o por retención a terceros, …
