CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN

Artículo 5o.- Las disposiciones fiscales que establezcan cargas a los particulares y las que señalan excepciones a las mismas, así como las que fijan las infracciones y sanciones, son de aplicación estricta. Se considera que establecen cargas a los particulares las normas que se refieren al sujeto, objeto, base, tasa o tarifa.

2016-cnorm-3-lish-n, 2016-cnorm-4-ieps-n, 2016-cnorm-6-lish-n,

Las otras disposiciones fiscales se interpretarán aplicando cualquier método de interpretación jurídica. A falta de norma fiscal expresa, se aplicarán supletoriamente las disposiciones del derecho federal común cuando su aplicación no sea contraria a la naturaleza propia del derecho fiscal.

2016-cnorm-5-cff-n, 2016-cnorm-5-iva-n, 2016-cnorm-18-iva-n, 2016-cnorm-30-iva-n, 2016-cnorm-46-isr-n, RMF 2018 2.1.35.,