LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL

Artículo 31.- A la Secretaría de Hacienda y Crédito Público corresponde el despacho de los siguientes asuntos:

I.- Proyectar y coordinar la planeación nacional del desarrollo y elaborar, con la participación de los grupos sociales interesados, el Plan Nacional correspondiente;

II. Proyectar y calcular los ingresos de la Federación y de las entidades paraestatales, considerando las necesidades del gasto público federal, la utilización razonable del crédito público y la sanidad financiera de la Administración Pública Federal;

Fracción reformada DOF 09-04-2012, 30-11-2018

III. Estudiar y formular los proyectos de leyes y disposiciones fiscales y de las leyes de ingresos de la Federación;

Fracción reformada DOF 09-04-2012, 30-11-2018

IV.- (Se deroga).

Fracción derogada DOF 23-12-1993

V. Manejar la deuda pública de la Federación;

Fracción reformada DOF 09-04-2012, 30-11-2018

VI.- Realizar o autorizar todas las operaciones en que se haga uso del crédito público;

VII. Planear, coordinar, evaluar y vigilar el sistema bancario del país, que comprende a la Banca Nacional de Desarrollo y las demás instituciones encargadas de prestar el servicio de banca y crédito;

Fracción parcialmente “sin efecto” DOF 23-12-1993. Reformada DOF 30-11-2018

VIII.- Ejercer las atribuciones que le señalen las leyes en materia de seguros, fianzas, valores y de organizaciones y actividades auxiliares del crédito;

Fracción reformada DOF 25-05-1992

IX.- Determinar los criterios y montos globales de los estímulos fiscales, escuchando para ello a las dependencias responsables de los sectores correspondientes y administrar su aplicación en los casos en que lo competa a otra Secretaría;

X. Establecer y revisar los precios y tarifas de los bienes y servicios de la administración pública federal, o bien, las bases para fijarlos, escuchando a la Secretaría de Economía y con la participación de las dependencias que correspondan;

Fracción reformada DOF 08-12-2005

XI.- Cobrar los impuestos, contribuciones de mejoras, derechos, productos y aprovechamientos federales en los términos de las leyes aplicables y vigilar y asegurar el cumplimiento de las disposiciones fiscales;

XII. Organizar y dirigir los servicios aduanales y de inspección;

Fracción reformada DOF 04-01-1999, 02-01-2013, 18-07-2016

XIII.- Representar el interés de la Federación en controversias fiscales;

XIV.- Proyectar y calcular los egresos del Gobierno Federal y de la administración pública paraestatal, haciéndolos compatibles con la disponibilidad de recursos y en atención a las necesidades y políticas del desarrollo nacional;

XV. Formular el programa del gasto público federal y el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación y presentarlos a la consideración del Presidente de la República;

Fracción reformada DOF 01-10-2007

XVI. Normar, autorizar y evaluar los programas de inversión pública de la administración pública federal;

Fracción reformada DOF 01-10-2007

XVII. Llevar a cabo las tramitaciones y registros que requiera el control y la evaluación del ejercicio del gasto público federal y de los programas y presupuestos de egresos, así como presidir las instancias de coordinación que establezca el Ejecutivo Federal para dar seguimiento al gasto público y sus resultados;

Fracción reformada DOF 01-10-2007

XVIII.- Formular la Cuenta Anual de la Hacienda Pública Federal;

XIX. Coordinar la evaluación que permita conocer los resultados de la aplicación de los recursos públicos federales, así como concertar con las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal la validación de los indicadores estratégicos, en los términos de las disposiciones aplicables;

Fracción reformada DOF 10-04-2003, 01-10-2007, 02-01-2013

XX.- Fijar los lineamientos que se deben seguir en la elaboración de la documentación necesaria para la formulación del Informe Presidencial e integrar dicha documentación;

XXI. Establecer normas, políticas y lineamientos en materia de desincorporación de activos de la Administración Pública Federal;

Fracción reformada DOF 28-12-1994, 02-01-2013, 18-07-2016

XXII. Designar y remover a los titulares de las unidades de administración y finanzas a que se refiere el primer párrafo del artículo 20 de esta ley, quienes serán considerados servidores públicos de la respectiva dependencia. Se exceptúa de lo anterior a la Secretaría de la Defensa Nacional y a la Secretaría de Marina, que contarán con sus respectivas oficialías mayores;

Fracción derogada DOF 28-12-1994. Adicionada DOF 02-01-2013. Derogada DOF 18-07-2016. Adicionada DOF 30-11-2018

XXIII.- Vigilar el cumplimiento de las obligaciones derivadas de las disposiciones en materia de planeación nacional, así como de programación, presupuestación, contabilidad y evaluación;

XXIV. Ejercer el control presupuestario de los servicios personales y establecer normas y lineamientos en materia de control del gasto en ese rubro;

Fracción derogada DOF 25-05-1992. Adicionada DOF 28-12-1994. Reformada DOF 10-04-2003, 02-01-2013, 18-07-2016

XXV. Planear, establecer y conducir la política general en materia de contrataciones públicas reguladas por la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, propiciando las mejores condiciones de contratación conforme a los principios de eficiencia, eficacia, economía, transparencia, imparcialidad y honradez; emitir e interpretar las normas, lineamientos, manuales, procedimientos y demás instrumentos análogos que se requieran en dichas materias; así como promover la homologación de políticas, normas y criterios en materia de contrataciones públicas;

Fracción reformada DOF 02-01-2013. Derogada DOF 18-07-2016. Adicionada DOF 30-11-2018

XXVI. Fungir como área consolidadora de los procedimientos de compra de bienes y contratación de servicios que la propia Secretaría determine;

Fracción adicionada DOF 02-01-2013. Derogada DOF 18-07-2016. Adicionada DOF 30-11-2018

XXVII. Establecer normas y lineamientos en materia de control presupuestario; así como ejercer el control presupuestario de las contrataciones públicas consolidadas a través de la Oficialía Mayor;

Fracción adicionada DOF 02-01-2013. Derogada DOF 18-07-2016. Adicionada DOF 30-11-2018

XXVIII. Participar en las negociaciones comerciales internacionales relacionadas con los capítulos de compras del sector público y coordinar compras estratégicas del mismo que generen beneficios al país; elaborar disposiciones que promuevan la participación de la proveeduría nacional en las compras de dicho sector, así como asesorar a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal sobre el cumplimiento de la normativa en esa materia;

Fracción adicionada DOF 02-01-2013. Derogada DOF 18-07-2016. Adicionada DOF 30-11-2018

XXIX. Conducir la política inmobiliaria de la Administración Pública Federal, salvo por lo que se refiere a las playas, zona federal marítimo terrestre, terrenos ganados al mar o cualquier depósito de aguas marítimas y demás zonas federales; administrar los inmuebles de propiedad federal cuando no estén asignados a alguna dependencia o entidad, así como llevar el registro público de la propiedad inmobiliaria federal y el inventario general correspondiente;

Fracción adicionada DOF 02-01-2013. Reformada DOF 18-07-2016

XXX. Regular la adquisición, arrendamiento, enajenación, destino o afectación de los bienes inmuebles de la Administración Pública Federal y, en su caso, representar el interés de la Federación; expedir las normas y procedimientos para la formulación de inventarios, para la realización y actualización de los avalúos sobre dichos bienes, así como expedir normas técnicas, autorizar y, en su caso, proyectar, construir, rehabilitar, conservar o administrar, directamente o a través de terceros, los edificios públicos y, en general, los bienes inmuebles de la Federación;

Fracción adicionada DOF 02-01-2013. Reformada DOF 18-07-2016

XXXI. Reivindicar los bienes propiedad de la Nación, en los términos de las disposiciones aplicables, y

Fracción adicionada DOF 02-01-2013. Reformada DOF 18-07-2016. Recorrida (antes fracción XXXIII) DOF 30-11-2018

XXXII. Los demás que le atribuyan expresamente las leyes y reglamentos.

Fracción adicionada DOF 02-01-2013. Reformada DOF 18-07-2016. Recorrida (antes fracción XXXIV) DOF 30-11-2018
Reforma DOF 30-11-2018: Suprimió del artículo las entonces fracciones XXXI y XXXII (antes adicionadas DOF 02-01-2013 y derogadas DOF 18-07-2016)
Artículo reformado DOF 08-12-1978, 29-12-1982, 30-12-1983, 21-02-1992