DOF publica Resolución de Facilidades Administrativas 2020

El día 18 de febrero, se ha dado a conocer a través del Diario Oficial de la Federación, la Resolución de Facilidades Administrativas para 2020. Las cuales beneficiarán de mayor manera a contribuyentes del sector primario y del sector de transporte.

Estas facilidades Administrativas son las reglas que el SAT pone a disposición de los contribuyentes para generar facilidades para calcular y presentar sus impuestos, tanto para patrones como trabajadores.

Dichas facilidades administrativas, están dirigidas en esta ocasión para:

  • Sector primario.
  • Sector de Autotransporte Terrestre de Carga Federal.
  • Sector de Autotransporte Terrestre Foráneo de Pasaje y Turismo.
  • Sector de Autotransporte Terrestre de Carga de Materiales y Autotransporte Terrestre de Pasajeros Urbanos y Suburbano.

En ejemplo podemos observar la facilidad administrativa para el sector primario dentro de esta Resolución, dentro de la Regla 1.3. que dictamina:

1.3 Los contribuyentes dedicados exclusivamente a las actividades agrícolas, ganaderas o pesqueras, que cumplan con sus obligaciones fiscales en los términos del artículo 74 de la Ley del ISR, podrán realizar pagos provisionales semestrales del ISR. (…)

Además, dentro del Sector de Autotransporte Terrestre de Carga Federal, se encuentra la regla 2.2, regla con la que se contaba ya en el ejercicio fiscal del año anterior, y que en este caso se vuelve a presentar. Resuelve lo siguiente:

2.2 Para los efectos de la Ley del ISR, los contribuyentes personas físicas y morales, así como los coordinados, dedicados exclusivamente al autotransporte terrestre de carga federal, que tributen en los términos del Título II, Capítulo VII o Título IV, Capítulo II, Sección I de la Ley del ISR, podrán deducir hasta el equivalente a un 8 por ciento de los ingresos propios de su actividad, sin documentación que reúna requisitos fiscales siempre que (…)

Estas entre otras reglas fueron presentadas en esta publicación en el DOF, por lo tanto, para personas que pertenecen a alguno de dichos sectores es conveniente revisarlas y apoyarse en esta herramienta que brinda la Secretaría.


Fuente: https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5586697&fecha=18/02/2020

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