RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL 2022

Pagos mensuales del régimen simplificado de personas físicas

3.13.8. Para los efectos del artículo 113-E, quinto párrafo de la Ley del ISR, las personas físicas que tributen en el Régimen Simplificado de Confianza, deberán presentar el pago mensual a través de la declaración “ISR simplificado de confianza. Personas físicas”, a más tardar el día 17 del mes inmediato posterior al que corresponda el pago, conforme a lo establecido en la regla 2.8.3.1.

Dicha declaración estará prellenada con la información de los CFDI emitidos por las personas físicas en el periodo de pago.

CFF 31, LISR 113-E, RMF 2022 2.8.3.1.