RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL 2022

Personas físicas relevadas de presentar aviso de cambio al Régimen Simplificado de Confianza

3.13.3. Para los efectos de los artículos 27 del CFF, 29, fracción VII y 30, fracción V, incisos c) y d), del Reglamento del CFF, los contribuyentes personas físicas que de acuerdo a la Ley del ISR vigente al 31 de diciembre de 2021 tributaban en el Régimen de Actividades Agrícolas, Ganaderas, Silvícolas y Pesqueras, están relevados de cumplir con la obligación de presentar el aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones fiscales para ubicarse en el Régimen Simplificado de Confianza a que se refiere el artículo 113-E de la Ley del ISR, siendo la autoridad la encargada de realizarlo con base en la información existente en el padrón de contribuyentes al 31 de diciembre de 2021.

Los contribuyentes a que se refiere el párrafo anterior, que no cumplan con los requisitos establecidos en los artículo 113-E y 113-G de la Ley del ISR, están relevados de cumplir con la obligación de presentar el aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones fiscales para ubicarse en el Régimen de Actividades Empresariales y Profesionales a que se refiere el Título IV, Capítulo II, Sección I de la Ley del ISR, siendo la autoridad la encargada de realizarlo con base en la información existente en el padrón de contribuyentes al 31 de diciembre de 2021.

El contribuyente podrá formular las aclaraciones correspondientes aportando las pruebas necesarias que desvirtúen la actualización de sus datos en el RFC realizada por la autoridad, en los términos de la regla 2.5.8.

CFF 27, LISR 113-E, 113-G, RCFF 29, 30